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PASOInformar al punto focal de RR. HH. del BES/JPOSC tan pronto como sea posible sobre la llegada del funcionario al lugar de destino y la toma de posesión del cargo (cuando corresponda, confirmar la llegada de los familiares con derecho) |
PARTE RESPONSABLEOficial local de RR. HH. / Supervisor del funcionario / Otra agencia |
Plantilla/Directriz |
Notas explicativasEl punto focal local de RR. HH., el supervisor o la agencia correspondiente deben informar al punto focal de RR. HH. del BES/JPOSC que el funcionario y los familiares con derecho han llegado al lugar de destino, indicando la fecha de entrada en funciones y las fechas de viaje. |
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2 |
PASOAutorizar el pago de la prima de repatriación mediante memorando o comprobante (voucher) |
PARTE RESPONSABLEPunto focal de RR. HH. del BES/JPOSC |
Plantilla/Directriz |
Notas explicativasFuncionarios asignados a una oficina de país (CO): el BES envía una autorización de pago a la oficina de país del PNUD. La oficina de país procesa y realiza el pago. La autorización especifica el monto global de la prima de repatriación, mientras que el monto de la asignación por gastos diarios (DSA) se determina a nivel de la oficina de país. el BES/JPOSC genera un comprobante y lo envía para aprobación al titular del presupuesto. |
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3 |
PASOProcesar la autorización de pago / Aprobar el comprobante |
PARTE RESPONSABLE |
Plantilla/Directriz |
Notas explicativasLa oficina de país procesa y realiza el pago mediante un comprobante de cuentas por pagar (AP voucher). Calcula la asignación por gastos diarios (DSA) aplicando la tarifa vigente el día de llegada del funcionario y/o de los familiares con derecho. El titular del presupuesto aprueba el comprobante. |
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4 |
PASOExcepción para eximir del prorrateo del monto global de la prima de repatriación |
PARTE RESPONSABLE |
Plantilla/Directriz |
Notas explicativasEl especialista de RR. HH. del BES responsable de la región tiene la autoridad para aprobar una excepción que exima del prorrateo del monto global de la prima de repatriación cuando existan razones imperiosas y/o humanitarias. |