Organismo Principal
En los casos de contratación conjunta, o cuando más de un Organismo participe en una contratación concreta en la que se haya denunciado que el proveedor ha incurrido en Prácticas Proscritas, los Organismos pertinentes elegirán un “Organismo Principal” para que lleve a cabo la recopilación y análisis de datos, la investigación y el proceso sancionador contra el proveedor en representación de todos ellos. Los Organismos pertinentes decidirán cuál de ellos será el Organismo Principal en cada caso concreto. El Organismo Principal normalmente será: a) aquel al que afecten de un modo más directo las actividades del proveedor y las Prácticas Proscritas; o b) el que disponga de más recursos. Todos los Organismos participantes habrán de colaborar con el principal. El Organismo Principal aplicará sus propios reglamentos, normas, políticas y procedimientos.