Las funcionarias que sean madres lactantes pueden ausentarse de la oficina hasta dos veces al día para amamantar a su(s) hijo(s) o extraerse leche fuera del lugar de trabajo. La duración máxima de la ausencia para tales fines es la siguiente: a) Dos horas fuera de la oficina (incluido el tiempo de desplazamiento) cuando el lactante tenga un año o menos; o b) Una hora fuera de la oficina (incluido el tiempo de desplazamiento) cuando el lactante tenga entre uno y dos años Si una madre lactante tiene más de un lactante, la duración máxima para salir de la oficina según lo especificado anteriormente puede aumentarse hasta 30 minutos por cada lactante adicional.