A un miembro del personal (que no sea un TA) que está temporalmente asignado (es decir, por un período no superior a un año) a un puesto de nivel superior, o se le requiere temporalmente que realice funciones de nivel superior mientras permanece en su puesto actual, se le puede otorgar un Subsidio por Funciones Especiales (SFE) no pensionable después de la finalización de 3 meses de servicio continuo en las funciones de nivel superior, sujeto a la confirmación por escrito del supervisor de que el miembro del personal se desempeña efectivamente en el nivel superior. El motivo para establecer un período de gracia de tres meses es que, de vez en cuando y como parte de sus tareas normales, se puede esperar que el personal asuma temporalmente funciones de nivel superior (durante períodos de ausencia, por ejemplo). 20. Sin embargo, (i) cuando un miembro del personal está asignado temporalmente a un puesto de más de un nivel por encima de su calificación personal o a una categoría diferente, o (ii) cuando la asignación temporal se encuentra en una categoría de condiciones de vida difíciles D o E, el SFE puede ser otorgado por el supervisor con efecto inmediato, lo que evita el plazo de tres meses, siempre que el supervisor confirme que el miembro del personal está desempeñando todas las responsabilidades asociadas a la posición superior.